CONCEDIDA RESIDENCIA POR CUENTA AJENA INICIAL

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA, DERIVADA DE LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES

Fue presentada con fecha 12/06/2023 solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena derivada de la situación de residencia por circunstancias excepcionales, formulada al amparo de lo previsto en el art. 202 y concordantes del R.D. 557/2011 de 20 de abril (BOE del 30), por el que se aprueba el Reglamento de la L.O. 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España
y su integración social en su redacción actual,  considerando que el interesado cumple con los requisitos establecidos en la legislación vigente y que se han abonado las tasas correspondientes por su tramitación por importes de 16.40 € y 81.54 €, se procede a su estimación.
Se resuelve conceder a nuestro cliente, nacido en CALI (COLOMBIA), autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, por un período de dos años, que se iniciará el día 17/06/2023, siguiente al de la caducidad de su autorización de residencia por circunstancias excepcionales, autorización que permite el ejercicio de cualquier actividad en cualquier parte del territorio nacional.
En el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución deberá personarse el trabajador en la Oficina de Extranjería, a fin de solicitar su tarjeta de identidad, provisto de su pasaporte.