Se interpone por este despacho profesional recurso potestativo de reposición en representación de nuestro cliente sobre el expediente de referencia de RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INICIAL.
En concreto con fecha 30/06/2023 se interpone recurso de reposición contra la citada resolución denegatoria. A la vista de las alegaciones formuladas, así como la documentación que se adjunta al presente recurso, quedan desvirtuadas las causas de denegación de la mencionada autorización y cumplidos los requisitos por parte del solicitante para la concesión de autorización de residencia por esta vía, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
SE RESUELVE estimar el recurso potestativo de reposición interpuesto y conceder la RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INICIAL solicitada a nuestro cliente de nacionalidad colombiana, cuya eficacia está condicionada a la posterior afiliación y alta del trabajador en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la presente notificación, en las condiciones establecidas en el/los contrato/s obrante/s en el expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 128.6 del citado Reglamento.