RESOLUCION FAVORABLE RESIDENCIA POR FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE

Nuestro cliente  acredita ser pareja registrada de un ciudadano de la UE y tras los informes y la documentación aportada por nuestro despacho la Subdelegación del Gobierno ha resuelto favorablemente , atendiendo nuestra petición.
Se han cumplido todos los requisitos establecidos en el artículo 8 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero . La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión tendrá una validez de cinco años a partir de la fecha de su expedición, o por el período previsto de residencia del ciudadano de la Unión o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, si dicho periodo fuera inferior a
cinco años que no es el caso.