INSTRUCCIÓN (validez a los pasaportes caducados de los nacionales de Venezuela)

El 15 de marzo de 2019, el Director General de Migraciones y el Comisario General de Extranjería y Fronteras dictaron la Instrucción conjunta por la que se daba validez a los pasaportes caducados de los nacionales de Venezuela para la tramitación de las autorizaciones y permisos previstos en la normativa de extranjería, así como para La expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjeros. Dicha Instrucción se motivó
por las recomendaciones de ACNUR en las que se promovía garantizar a los ciudadanos venezolanos el acceso a los procedimientos de extranjería, ante la imposibilidad de poder renovar sus pasaportes a través de los servicios consulares de Venezuela en España.
El pasado 19 de noviembre del 2024, tras evaluar la actual situación de los servicios consulares venezolanos en España y observar una mejora en los trámites de renovación de los pasaportes de sus nacionales, se dictó una nueva Instrucción conjunta del Director General de Migraciones y del Comisario General de Extranjería y Fronteras en la que se dejaba sin efecto la impartida el 15 de marzo de 2019, volviéndose, en consecuencia, a exigir la vigencia de los pasaportes de los nacionales venezolanos en La tramitación de las autorizaciones, permisos y tarjetas de identidad de extranjeros recogidos en la normativa de extranjería.

No obstante, desde la entrada en vigor de esta última Instrucción, se ha podido comprobar cómo la mejora en los servicios renovación de los pasaportes venezolanos en las oficinas consulares de Venezuela en España no se ha perfeccionado en su integridad, detectándose que muchos ciudadanos venezolanos continúan imposibilitados para renovar su pasaporte y, por lo tanto, para acceder a los procedimientos de extranjería. La referida circunstancia no puede ser ignorada por la Administración, haciéndose del todo necesario recuperar el criterio invocado en la Instrucción conjunta de 15 de marzo de2019. Por todo ello, La Dirección General de Gestión Migratoria y la Comisaría General extranjería y Fronteras en virtud de las competencias que les atribuyen respectivamente el artículo 6 del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla La estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece La estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el artículo 3.3. d) del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, dictan la siguiente Instrucción.

UNICA.- A partir del día de la fecha se otorgará validez a los pasaportes caducados dé aquellas personas nacionales de Venezuela para la tramitación y continuación cualquiera de las autorizaciones y permisos regulados en la normativa de extranjería, así cómo para la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero.
Madrid, 13 de enero de 2025