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La eficacia de la autorizaciรณn concedida en el supuesto de arraigo del artรญculo 124.4 de este Reglamento estarรก condicionada a la posterior afiliaciรณn y alta del trabajador en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la notificaciรณn de la presente resoluciรณn. Cumplida la condiciรณn, la autorizaciรณn comenzarรก su perรญodo de vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artรญculo 128.6 del citado reglamento aprobado por Real Decreto Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
SE CONCEDEย  la AUTORIZACIร“N DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES ARRAIGOPARA LA FORMACIร“N (SUPERACIร“N DE LA FORMACIร“N art. 124.4) a nuestra clienta marroquรญย  por dos aรฑos, con habilitaciรณn para trabajar por cuenta ajena y propia, cuya eficacia estรก condicionada a la posterior afiliaciรณn y alta del trabajador en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la presente notificaciรณn, en las condiciones que han servido de base para la concesiรณn de la autorizaciรณn.