๐Podrรกn obtener esta autorizaciรณn de residencia, que habilita para trabajar, los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en Espaรฑa durante un periodo mรญnimo de dos aรฑos inmediatamente anteriores a la presentaciรณn de la solicitud, siempre que carezcan de antecedentes penales en Espaรฑa y en su paรญs de origen o en el paรญs o paรญses en que haya residido durante los รบltimos cinco aรฑos, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duraciรณn no sea inferior a seis meses.
๐A los efectos de acreditar la relaciรณn laboral deberรก ser acreditada de forma efectiva si bien podrรก serlo por cualquier medio de prueba vรกlido en derecho.
๐En el caso de las relaciones de trabajo regulares, las Oficinas de Extranjerรญa verificarรกn de oficio los datos pertinentes obrantes en los ficheros de la Tesorerรญa General de la Seguridad Social.
๐Cuando se trate de relaciones laborales irregulares se considerarรกn en todos los casos como suficientemente acreditadas aquellas en las que exista una resoluciรณn judicial o resoluciรณn administrativa confirmatoria del acta de infracciรณn de la Inspecciรณn de Trabajo y Seguridad Social. En estos casos, serรก tambiรฉn prueba especialmente cualificada el acta de conciliaciรณn.
๐En los restantes supuestos que pudieran darse se analizarรก el caso concreto valorando las pruebas aportadas y pudiendo llevar a cabo todas aquellas actuaciones tendentes a corroborar la realidad de los hechos.
RESUMIENDO:
Estar irregular
Permanencia en Espaรฑa durante 2 aรฑos, empadronamiento histรณrico.
No tener antecedentes penales en paรญs de origen
Tener 6 meses de relaciรณn laboral en situaciรณn regular (cuenta propia o cuenta ajena)
Pasaporte completo en vigor
Tasa 38’28 โฌ
FUENTE: MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMIA SOCIAL