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๐Ÿ“ŒCon fecha 9/5/2024 nuestra clienta de origen VENEZOLANO solicita autorizaciรณn de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar con su ESPOSA, al amparo de lo establecido en el artรญculo 31.3 de la Ley Orgรกnica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espaรฑa y su integraciรณn social, modificada por Ley Orgรกnica 8/2000, de 22 de diciembre, la 11/2003, de 29 de septiembre y por la 14/2003, de 20 de noviembre, y en el artรญculo 124.3 del Reglamento de la ley Orgรกnica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espaรฑa y su integraciรณn social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
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๐Ÿ“ŒEn el expediente quedan acreditados los requisitos establecidos en el artรญculo 124.3 del RD 557/2011, para la concesiรณn de autorizaciรณn de residencia temporal por arraigo familiar.
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Se RESUELVE conceder la RESIDENCIA TEMPORAL PORCIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INICIAL por arraigo familiar a nuestro cliente por cinco aรฑos, con validez hasta el 3/06/2029.
La autorizaciรณn concedida autoriza a trabajar.
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๐Ÿ“Mรกs informaciรณn en la web de CLAROS LEGAL ABOGADOS
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๐Ÿ“งe-mail: info@claroslegalabogados.com