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Con fecha 3/9/2024 en representaciรณn de nuestra clienta de nacionalidad colombiana se solicita autorizaciรณn de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo social, EN LA OFICINA DE EXTRANJERรA DE CASTILLA Y LEON, al amparo de lo establecido en el artรญculo 31.3 de la Ley Orgรกnica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espaรฑa y su integraciรณn social.

๐Ÿ“ŒEn el expediente quedan acreditados los requisitos establecidos en el artรญculo 31.3 de la Ley Orgรกnica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espaรฑa y su integraciรณn social, y en el artรญculo 128 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 557/2011 citado, a los efectos de la concesiรณn de la autorizaciรณn de residencia temporal por circunstancias excepcionales con autorizaciรณn para trabajar, segรบn lo establecido en el artรญculo 129.1 del citado Reglamento.

SE RESUELVE conceder la AUTORIZACIร“N DE RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INICIAL a nuestro cliente por un aรฑo, con autorizaciรณn para trabajar.

๐Ÿ“ŒLa autorizaciรณn concedida mediante la presente resoluciรณn produce plenos efectos frente a la Administraciรณn y frente a terceros y su eficacia no se encuentra condicionada a la obtenciรณn de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, sin perjuicio de que, de conformidad con el artรญculo 4.2 de la Ley Orgรกnica 4/2000, de 11 de enero, deba ser solicitada en el plazo de un mes desde su concesiรณn.

๐Ÿ“Mรกs informaciรณn en la web de CLAROS LEGAL ABOGADOS
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๐Ÿ“งe-mail: info@claroslegalabogados.com