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๐Ÿ“ŒSe interpone por este despacho profesional recurso potestativo de reposiciรณn en representaciรณn de nuestro cliente sobre el expediente de referencia de RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INICIAL.
En concreto con fecha 3/05/2024 se interpone recurso de reposiciรณn contra la citada resoluciรณn denegatoria. A la vista de las alegaciones formuladas, asรญ como la documentaciรณn que se adjunta al presente recurso, quedan desvirtuadas las causas de denegaciรณn de la mencionada autorizaciรณn y cumplidos los requisitos por parte del solicitante para la concesiรณn de autorizaciรณn de residencia por esta vรญa, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgรกnica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espaรฑa y su integraciรณn social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
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๐Ÿ“ŒSE RESUELVE estimar el recurso potestativo de reposiciรณn interpuesto y conceder la RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INICIAL solicitada a nuestro cliente de nacionalidad TUNECINA y conceder la RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INICIAL solicitada, por doce meses, para la realizaciรณn de la formaciรณn:
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OPERACIONES BASICAS DE RESTAURANTE Y BAR ๐ž๐ง ๐ž๐ฅ ๐œ๐ž๐ง๐ญ๐ซ๐จ ๐€๐”๐ƒ๐ˆ๐Ž๐‹๐ˆ๐’ ๐‚๐Ž๐๐Ž๐‚๐ˆ๐Œ๐ˆ๐„๐๐“๐Ž ๐’๐‹
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