Se presentΓ³ por este despacho profesional solicitud de autorizaciΓ³n y trabajo por cuenta ajena inicial a nuestro cliente colombiano , cumpliendo con los requisitos de art .4o de la LOEX.Por tanto no se haΒ tenido en cuenta la situaciΓ³n nacional de empleo para este contrato.
En el plazo de un mes desde la presente notificaciΓ³n, el trabajador deberΓ‘ solicitar personalmente el visado en la misiΓ³n diplomΓ‘tica oficina consular en cuya demarcaciΓ³n resida. Si transcurrido dicho mes no se ha solicitado el visado la presente autorizaciΓ³n quedarΓ‘ extinguida. Una vez recogido el visado, el trabajador deberΓ‘ entrar en el territorio espaΓ±ol, durante la vigencia de Γ©ste.
Una vez efectuada la entrada del trabajador en EspaΓ±a, y en el plazo de tres meses, deberΓ‘ producirse su afiliaciΓ³n, alta y posterior cotizaciΓ³n, en los tΓ©rminos establecidos por la normativa sobre el rΓ©gimen de Seguridad Social que resulte de aplicaciΓ³n; el trabajador podrΓ‘ comenzar su actividad laboral, y el empleador quedarΓ‘ obligado a comunicar el contenido del contrato de trabajo a los Servicios
PΓΊblicos de Empleo. El alta en el rΓ©gimen correspondiente de la Seguridad Social dotarΓ‘ de eficacia a la autorizaciΓ³n inicial residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Con carΓ‘cter previo a la solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, deberΓ‘ remitir , copia del documento de alta en el sistema pΓΊblico de la Seguridad Social, la copia del contrato debidamente registrado en el Servicio PΓΊblico de Empleo Estatal y copia de la hoja del pasaporte en la que figure el visado y el sello de entrada en EspaΓ±a. Puede remitirlo al correo electrΓ³nico iniciales.malaga@correo.gob.es
En el plazo de un mes desde el alta del trabajador en la Seguridad Social, Γ©ste deberΓ‘ solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero(TIE), personalmente en la ComisarΓa de PolicΓa que le corresponda por su lugar de residencia.
Si finalizada la vigencia de la autorizaciΓ³n de estancia no existiera constancia de que el trabajador hubiera sido dado de alta en el rΓ©gimen correspondiente de la Seguridad Social, Γ©ste quedarΓ‘ obligado a salir del territorio nacional, incurriendo en caso contrario en infracciΓ³n grave por encontrarse irregularmente en EspaΓ±a. Asimismo, el Γ³rgano competente requerirΓ‘ al empleador que solicitΓ³ la autorizaciΓ³n para que alegue las razones por las que no se ha iniciado la relaciΓ³n laboral y por las que no se ha cumplido obligaciΓ³n de comunicaciΓ³n sobre dicha incidencia a las autoridades competentes, prevista en el artΓculo 38.4 de la Ley OrgΓ‘nica4/2000, y en el artΓculo 70.9 del Real Decreto 557/2011.

