๐ Con fecha 1/03/2023 nuestra clienta de origen Venezolano solicita autorizaciรณn de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar con su hijo nacionalizado, al amparo de lo establecido en el art. 124.3 Progenitor/tutor
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๐En el expediente quedan acreditados los requisitos establecidos en el artรญculo 124 del RD 557/2011, para la concesiรณn de autorizaciรณn de residencia temporal por arraigo familiar.
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Se RESUELVE conceder la RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INICIAL por arraigo familiar a nuestra clienta por cinco aรฑos, con validez desde el 22/03/2023 al 21/03/2028.
La autorizaciรณn concedida autoriza a trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, en cualquier ocupaciรณn, sector de actividad y รกmbito territorial durante la
vigencia de la misma.