LegalizaciΓ³n Γnica o Apostilla de la Haya
El procedimiento de apostilla consiste en colocar sobre un documento pΓΊblico, o una prolongaciΓ³n de este, una Apostilla o anotaciΓ³n que certificarΓ‘ la autenticidad de la firma de los documentos pΓΊblicos expedidos en un paΓs firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de LegalizaciΓ³n de los Documentos PΓΊblicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro paΓs firmante del mismo.
AsΓ, los documentos emitidos en un paΓs firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberΓ‘n ser reconocidos en cualquier otro paΓs del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticaciΓ³n.
Listado de los Estados firmantes del Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961
Documentos que pueden apostillarse
Documentos judiciales
Documentos administrativos
Documentos notariales: Recuerde que la apostilla de los documentos notariales corresponde, ΓΊnicamente, a los Colegio de Notarios
Documentos que NO pueden apostillarse
Documentos expedidos por funcionarios diplomΓ‘ticos o consulares.
Documentos administrativos relacionados, directamente, con una operaciΓ³n comercial o aduaneraβ
Fuente:https://www.mjusticia.gob.es/

