Cuando este despacho profesional se entrevistΓ³ con el cliente en prisiΓ³n no hizo saber el riesgo que serΓa volver a Brasil si era expulsado. Por lo cual, fundamentamos nuestro recurso principalmente en esos motivos.
La Sala ha tarddado dos aΓ±os en resolver, pero estamos satisfechos con nuestra labor que es la defensa de los derechos del justiciable frente a la AdministraciΓ³n..
(…)CUARTO.-En el caso enjuiciado, la Sala considera que no concurren en el ciudadano extranjero circunstancias agravantes que justifiquen la adopciΓ³n de la sanciΓ³n del expulsiΓ³n, cuestiΓ³n esta, la de valoraciΓ³n de los datos o elementos negativos, que con arreglo a la nueva doctrina del Tribunal de Justicia de la UniΓ³n Europea y del Tribunal Supremo hay que afrontar.
El juzgador de instancia no expresa en su fundamentaciΓ³n la existencia de una circunstancia que nuestra jurisprudencia califique de agravante.
SegΓΊn lo hasta aquΓ expuesto, hemos de estimar el presente recurso de apelaciΓ³n y revocar la sentencia impugnada, con correlativa estimaciΓ³n del recurso contencioso administrativo y anulaciΓ³n de la resoluciΓ³n de expulsiΓ³n al no ajustarse al ordenamiento jurΓdico.
FALLO
Estimamos el recurso de apelaciΓ³n interpuesto por la representaciΓ³n procesal de XXXXXXXXXXXXX contra la sentencia dictada por el Juzgado delo Contencioso-Administrativo nΓΊmero 7 de MΓ‘laga que revocamos y en su lugar estimamos el recurso contencioso-administrativo formulado por aquel contra la resoluciΓ³n de la SubdelegaciΓ³n del Gobierno en MΓ‘laga en virtud de la cual se acordΓ³ su expulsiΓ³n del territorio espaΓ±ol, que anulamos y dejamos sin efecto por ser contraria al ordenamiento jurΓdico.

